El derecho a la pensión de viudedad de las parejas de hecho

La figura jurídica de las parejas de hecho en España permite a dos personas establecer una convivencia reconocida legalmente, otorgando derechos similares al matrimonio sin necesidad de formalizar la unión bajo esta institución. No obstante, su regulación presenta desigualdades significativas, espe...

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Main Author: Elena del Pilar Ramallo Miñan
Format: Article
Language:Spanish
Published: Dykinson 2025-01-01
Series:Claves Jurídicas
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Online Access:https://www.clavesjuridicas.com/index.php/raj/article/view/118
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description La figura jurídica de las parejas de hecho en España permite a dos personas establecer una convivencia reconocida legalmente, otorgando derechos similares al matrimonio sin necesidad de formalizar la unión bajo esta institución. No obstante, su regulación presenta desigualdades significativas, especialmente en el acceso a la pensión de viudedad, debido a la ausencia de un marco normativo nacional uniforme. Las divergencias legislativas entre Comunidades Autónomas generan fragmentación jurídica y desigualdad territorial en el acceso a derechos fundamentales. Cada Comunidad Autónoma establece requisitos propios, como inscripciones en registros específicos y plazos de convivencia, que condicionan el acceso a la pensión de viudedad. El incumplimiento de estas formalidades excluye a muchas parejas, afectando especialmente a las viudas, que, pese a convivir de forma análoga al matrimonio, quedan en una situación de vulnerabilidad económica y social tras el fallecimiento de su pareja. Como medida paliativa, se ha propuesto una enmienda legislativa que permitiría a las viudas de parejas de hecho acceder a la pensión durante un año, ofreciendo una solución inmediata mientras se tramita una ley estatal que homologue los criterios de reconocimiento en todo el territorio. Asimismo, la implementación de herramientas de inteligencia artificial (IA) podría facilitar la simplificación y armonización de los trámites administrativos, eliminando barreras burocráticas, previniendo el fraude y asegurando una asignación equitativa de los recursos sociales, bajo un marco ético y transparente. Una legislación nacional complementada con el uso eficiente de estas tecnologías garantizaría una protección social justa y homogénea.
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issn 3020-1608
language Spanish
publishDate 2025-01-01
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spelling doaj-art-c87f7acd115641ccb94d7333e6af5b6d2025-02-10T10:36:00ZspaDykinsonClaves Jurídicas3020-16082025-01-011 enero-junioEl derecho a la pensión de viudedad de las parejas de hechoElena del Pilar Ramallo Miñan0Profesora, doctora en derecho e investigadora. Universidade da Coruña, España. Doctoranda de la Universidade da Coruña, España La figura jurídica de las parejas de hecho en España permite a dos personas establecer una convivencia reconocida legalmente, otorgando derechos similares al matrimonio sin necesidad de formalizar la unión bajo esta institución. No obstante, su regulación presenta desigualdades significativas, especialmente en el acceso a la pensión de viudedad, debido a la ausencia de un marco normativo nacional uniforme. Las divergencias legislativas entre Comunidades Autónomas generan fragmentación jurídica y desigualdad territorial en el acceso a derechos fundamentales. Cada Comunidad Autónoma establece requisitos propios, como inscripciones en registros específicos y plazos de convivencia, que condicionan el acceso a la pensión de viudedad. El incumplimiento de estas formalidades excluye a muchas parejas, afectando especialmente a las viudas, que, pese a convivir de forma análoga al matrimonio, quedan en una situación de vulnerabilidad económica y social tras el fallecimiento de su pareja. Como medida paliativa, se ha propuesto una enmienda legislativa que permitiría a las viudas de parejas de hecho acceder a la pensión durante un año, ofreciendo una solución inmediata mientras se tramita una ley estatal que homologue los criterios de reconocimiento en todo el territorio. Asimismo, la implementación de herramientas de inteligencia artificial (IA) podría facilitar la simplificación y armonización de los trámites administrativos, eliminando barreras burocráticas, previniendo el fraude y asegurando una asignación equitativa de los recursos sociales, bajo un marco ético y transparente. Una legislación nacional complementada con el uso eficiente de estas tecnologías garantizaría una protección social justa y homogénea. https://www.clavesjuridicas.com/index.php/raj/article/view/118Parejas de hechoDerechos humanosNormativas autonómicasLey nacionalInteligencia artificial
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